Artículo publicado originalmente por Brenda Valderrama en la columna "Reivindicando a Plutón" del Sol de Cuernavaca el 12 de febrero de 2017.
Desde su origen en los años 70s, el Consejo Nacional de
Ciencia y Tecnología (Conacyt) tiene el mandato social de fomentar la formación
de cuadros de alta especialización en todos los campos del conocimiento. Desde
entonces y hasta la fecha, más de 400 mil personas (incluyéndome a mí) hemos
obtenido una especialidad médica o un grado de maestría o doctorado en ciencias
naturales, ingeniería, ciencias sociales, artes o humanidades bajo el amparo
del Conacyt. El instrumento institucional por excelencia para cumplir este
mandato es el programa de becas para estudios de posgrado. Sin estas becas, la
mayoría de los ahora maestros o doctores hubiéramos tenido que abandonar los
estudios, resultando ser una de las acciones de movilidad social más
importantes y exitosas de la nación. Sin embargo, las condiciones cambian y los
programas de gobierno deben evolucionar para adaptarse y seguir cumpliendo con
el mandato de la sociedad.
De manera general, el programa de becas para estudios de
posgrado apoya con recursos para su manutención a quienes acrediten los
exámenes de ingreso a algún plan de estudios inscrito al programa nacional de
posgrado de calidad (PNPC), también perteneciente al Conacyt. La asignación de
la beca se revisa semestralmente en función del desempeño del estudiante
mediante la evaluación de sus actividades escolares y de investigación durante
el tiempo que dure el plan de estudios. Al finalizar, el becario obtiene el
grado mediante un examen ante un jurado especializado con lo que se consideran
cumplidas las condiciones del convenio de asignación de beca y queda liberado
de compromisos con el Conacyt.
El monto de la beca se ajusta anualmente y corresponde
actualmente a 9,800, 11,026 o 14,701 pesos mensuales para especialización,
maestría o doctorado, respectivamente. Por ser una beca no reciben aguinaldo y
no están sujetos a gravámenes fiscales siendo los becarios y sus dependientes
económicos beneficiarios de atención médica por convenio entre el Instituto Mexicano
del Seguro Social y el Conacyt durante la vigencia de la beca.
El 7 de febrero de 2018 y de manera inédita para la
comunidad científica de nuestro país, la segunda sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación emitió resolución sobre la revisión de un juicio de amparo
interpuesto por un becario ante la determinación del Conacyt de retirarle el
beneficio de la beca de posgrado por encontrarse en una relación laboral
pública, explícita y documentada. El fundamento del amparo consiste en el
conflicto entre los artículos 3º y 5º de la Constitución Federal donde se establecen
los derechos inalienables de los mexicanos a la educación y al trabajo, respectivamente.
El proyecto de resolución sometido por el magistrado Franco González Salas fue
votado por unanimidad en el sentido de que … “al no existir una razón
constitucional o convencional que justifique la restricción derivada del
requisito de dedicación exclusiva,
debe concluirse que tal restricción resulta inconstitucional”.
Las consecuencias y oportunidades que esta resolución
representa para el programa de becas de posgrado y para el diseño del sistema
nacional de ciencia, tecnología e innovación en su totalidad son amplias e
importantes y las comentaré en las próximas ediciones de esta columna.
Información adicional
Resolutivo de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia sobre el JUICIO DE NULIDAD EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DE 25 DE JULIO DE 2016 , QUE INFORMO QUE LA BECA OTORGADA AL QUEJOSO HABÍA SIDO SUSPENDIDA POR INCUMPLIMIENTO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA BECAS CONACYT NACIONALES 2016 INVERSIONES EN EL CONOCIMIENTO. CRA JMVR "CONACYT. El otorgamiento de una beca por dicha institución como estudiante de dedicación exclusiva dentro del programa de pos grado, viola el derecho a ejercer un trabajo remunerado."
Proyecto de resolución sometido por el Ministro José Fernando Franco González Salas
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